Liquidación de gananciales
Denegada compensación por el uso de la vivienda atribuido en divorcio al otro cónyuge

En un caso reciente, el Tribunal Supremo (TS) ha resuelto una controversia entre ex cónyuges sobre la vivienda familiar, un tema muy habitual tras los divorcios. Cuando la pareja se separó, se acordó que la madre, en calidad de progenitora que tiene la custodia de los hijos menores, se quedase viviendo en la casa familiar junto con ellos. Con el paso de los años, los hijos se hicieron independientes y el padre solicitó que se pusiera fin a ese uso a favor de la madre, iniciándose así también la liquidación del patrimonio común de la pareja.
Lo curioso del asunto es que el padre pedía que, en el reparto de bienes comunes (la llamada “liquidación de gananciales”), se le compensara por no haber podido usar la vivienda durante ese tiempo. Él quería que se incluyera en el balance un crédito a su favor por la mitad del valor de alquiler de la casa durante ese periodo.
Sin embargo, ni el juzgado ni la Audiencia Provincial ni, finalmente, el TS le dan la razón. El TS aclara que no hay ninguna ley específica que obligue a compensar económicamente al cónyuge que no ha disfrutado de la vivienda si el uso le fue adjudicado al otro, especialmente si se tiene en cuenta que la casa se adjudicó pensando en los menores. Además, subraya que la pensión alimenticia que se calcula en estos casos ya tiene en cuenta el alojamiento de los hijos y de quien se queda a su cargo, por lo que no existe un “enriquecimiento injusto” para la madre.
En definitiva, mientras no haya una ley que diga lo contrario, no cabe pedir automáticamente una compensación por el uso de la vivienda familiar cuando, tras el divorcio, se otorga en exclusiva al otro progenitor en beneficio de los hijos.
En controversias respecto a la vivienda familiar tras la crisis familiar o durante y después de la tramitación de un proceso de familia nuestros profesionales le proporcionarán la oportuna asistencia legal y emprenderán las actuaciones que en su caso correspondanCONTENIDO RELACIONADO
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