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Pensión compensatoria

¿Puede extinguirse por una disminución voluntaria de los ingresos del obligado?

Pensión compensatoria

El Tribunal Supremo (TS) ha resuelto un caso muy habitual tras un divorcio en el que uno de los ex cónyuges pide que se acabe (o al menos se reduzca) la pensión compensatoria que paga a su ex, alegando que sus ingresos han disminuido porque ha vendido su negocio y, además, su situación personal ha cambiado porque se ha vuelto a casar y está a punto de jubilarse. En este caso concreto, el obligado al pago había traspasado el estanco que gestionaba, y ese cambio fue voluntario, decidió venderlo a cambio de dinero y dejar de tener esos ingresos, por motivos personales.

La exesposa que recibía la pensión se opuso porque no había mejorado su situación económica y, además, la reducción de ingresos de su exmarido no era por causas ajenas a su voluntad, sino porque él había decidido vender el negocio. Un primer juzgado aceptó parcialmente la demanda del marido y redujo la pensión, considerando que sus ingresos sí habían bajado, pero no la eliminó por completo porque la situación de la ex mujer no había cambiado mucho.

La Audiencia Provincial, sin embargo, fue más allá y dijo que como ambos tienen recursos suficientes, la pensión ya no tenía sentido y la extinguió. La exesposa recurrió entonces al TS, que le dio la razón en parte. Para el TS no vale disminuir los ingresos de forma voluntaria (vendiendo un negocio, por ejemplo) para dejar de pagar la pensión compensatoria, que además se había pactado en el convenio de divorcio. Eso sí, sí acepta reducir el importe y pone un límite temporal. La pensión solo debe mantenerse hasta que el ex esposo cumpla los 65 años.

El TS recuerda que estas pensiones solo se pueden modificar o extinguir si se produce un cambio importante, pero no si los ingresos bajan porque el pagador lo decide así de manera voluntaria, garantizando así la seguridad de los acuerdos alcanzados en el divorcio.

Si usted se encuentra en una situación similar a la descrita, nuestros profesionales pueden prestarle la oportuna asistencia y emprender las acciones que pudieran resultar pertinentes.

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